Demanda extracontractual en contra del estado por deficiente servicio público

 

 

SEÑORES MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE QUITO.

 

………………………..(Nombre del demandante), de estado civil…………………..(estado civil del demandante), mayor de edad, de ocupación ……………….(determinar ocupación), domiciliada en la ciudad de…………………….(determinar domicilio) por mis propios derechos, ante ustedes comparezco y presento la siguiente demanda:

PRIMERA: ANTECEDENTES.-

a.- El Estado Ecuatoriano es un Estado Constitucional de Derechos y Justicia señala la primera parte del Art. 1 de la Constitución, siendo una de las consecuencias el sostenimiento del poder público al ordenamiento jurídico y la determinación de su responsabilidad.

b.- El Estado Ecuatoriano es un Estado responsable, así lo expresa el artículo 314 de la Constitución de la República ya que sus instituciones, sus delegatorios y concesionarios, estarán obligados a indemnizar a los particulares por los perjuicios que les irroguen como consecuencia de la prestación deficiente de los servicios públicos o de los actos de sus funcionarios y empleados en el ejercicio de sus cargos.

c.- La responsabilidad extracontractual del Estado es una responsabilidad pecuniaria. Dentro de la que se incluye la responsabilidad por mala prestación de servicio público, en general, así se responde por el daño que ocasiono la deficiencia del servicio público, por acción o por omisión, cuando el sujeto pasivo receptos del servicio –usuario consumidos- no tiene el deber jurídico de tolerancia en cuyo caso deberá ser indemnizado mediante el resarcimiento compensatorio que le corresponde.

d.- La responsabilidad del Estado es objetiva, de tal modo que la única condición suficiente para reclamar la indemnización de perjuicios está dada por el daño al que no accede ningún deber de tolerancia y la relación causal entre la mala presentación del servicio público …………………(determinar hecho generado) y el daño ocasionado.

e.- Más aun al señalar que el Ecuador es un Estado Social de Derecho implica el respeto a los derechos humanos, como señalan los artículos 11, 51 y 57 de la Constitución Política.

 

SEGUNDA: FUNDAMENTOS DE HECHO.-

a.- …………………….(Determinar la manera como sucedió el mal servicio público, materia del reclamo).

b.- ……………………..(Señalar los daños ocasionado al accionante, por el deficiente servicio público prestado por el Estado Ecuatoriano y que por tal debe responder económicamente por estos daños.)

 

TERCERA: FUNDAMENTOS JURIDICOS.-

a.- Surgimiento de la responsabilidad extracontractual y patrimonial del Estado.- El articulo 314 segundo inciso, de la Constitución Política de la República expresa que “El Estado será responsable de la provisión de los servicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, y los demás que determine la ley”, en concordancia con el Art. 1 ibídem que señala que el Gobierno es responsable. ………………….(Señalar por qué en este caso el Estado debe responder por el daño causado).

b.- Obligación de indemnizar por parte del Estado.- La vía en la que se ejercita este derecho de resarcimiento por los perjuicios irrogados a razón de la deficiente prestación de los servicios públicos, se encuentra en el artículo 209 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva que expresa:

Para hacer efectiva la responsabilidad patrimonial a la que refiere el Art. 20 de la Constitución Política de la República, los particulares exigirán directamente a la Administración Pública Central o Institucional de la Función Ejecutiva, ante el órgano de mayor jerarquía, las indemnizaciones por daños y perjuicios causados por las Autoridades y personal de servicio o por el funcionario de los servicio públicos. La reclamación ser inmediatamente puesta en conocimiento de la Procuraduría General de Estado para la coordinación del a defensa estatal.

El artículo 212 del mismo Estatuto agrega:

Si el órgano competente de la respectiva Administración Pública niega la indemnización reclamada en forma total o parcial, se abstiene de pronuncia la resolución en el plazo de tres meses, el interesado tendrá derecho a la acción contenciosa ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo competente.

En consecuencia, el Estado de acuerdo con la normativo vigente, responde por los daños y perjuicios resultantes de la prestación deficiente del servicio por la cual la accionante ha sufrido los daños ya detallados.


Hasta aquí está claramente fundamentada la obligación que el Estado tiene a responder, en todos los supuestos que la norma constitucional haya previsto el surgimiento de las responsabilidad extracontractual o patrimonial, mas aun el artículo 11 numeral 3 de la Constitución de la República señala que la violación de derechos se pueden presentar ante cualquier Juez, además, con la vigencia de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa privada, se dispuso la siguiente en la primera parte del artículo 38:

Los tribunales Distritales de lo Contencioso Administrativo y Fiscal, dentro de la esfera de su competencia, conocerán y resolverán de todas las demandas y recursos derivados de actos, contratos y hechos que hayan sido expedidos, suscritos o producidos por el Estado y otras entidades del sector publico” (…..)

La norma en cita atribuyó la competencia de los Tribunales Distritales de lo Contencioso Administrativo para la totalidad e acciones judiciales cuyo objeto sea una pretensión derivada de una relación jurídica con el Estado o sus instituciones, en cualquiera de la vertientes en que estos se manifiestan o denotan su actividad actos, hechos o contratos administrativos, lo cual se encuentra corroborado en las disposiciones contenidas en el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la función Ejecutiva como lo señala en el Art. 212.

 

CUARTO: PRETENSION.-

Habiendo presentado el reclamo administrativo en la forma que prescribe el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva y, luego de recibida una respuesta negativa por parte esta institución, copia certificada que se adjunta a la presente demanda, concurro ante ustedes a demandar, como en efecto demando, un resarcimiento compensatorio por los daños y perjuicios materiales y morales ocasionados por el mal servicio público realizado y como consta en líneas anteriores me ha causado graves daños materiales y morales.

 

QUINTO: CUANTIA.-

La cuantía es indeterminada.- La determinación del monto de la indemnización deberá ser establecidas en la sentencia, luego de la liquidación que efectúen los peritos respecto a los daños materiales y morales soportados por mi persona.

 

SEXTO: DEMANDADOS.-

El demandado es el señor Procurador General del Estado. Dr.……………………………(determinar nombre del procurador) a quien se lo citara en …………….(determinar dirección de citación) de esta ciudad de Quito.

 

SEPTIMO: NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES.-

Para futuras notificaciones en la ciudad de Quito, señalo el casillero judicial Nº………… (determinar casillero) de la H. Corte Superior de Quito, y designo al Dr.……………………………………….(mencionar abogado defensor), y autorizo para que en lo posterior presente cuanto escrito fuere necesario en defensa de mis intereses.

Acompaño copias y firmo con mi Abogado defensor.

 

………………….      .                                              ………………………

f.) Demandante                                                         f.) Abogado Defensor