Si bien es cierto, no se aboga por el libertinaje, pero desde un análisis técnico y dogmático, se trata de esclarecer ciertas fisuras que se encuentran entre la moral y el Derecho penal, dentro de los delitos sexuales.
En ese sentido, el trabajo se plantea que bien jurídico debe ser protegido en los delitos sexuales, el cual tendrá repercusiones importantes a la hora de tipificar estos delitos. También, se analizan las distintas corrientes del consentimiento y los requisitos de su validez, y por último, cuando se debe punir las relaciones de naturaleza sexual con menores.
El análisis antes mencionado, toma como referencia derechos fundamentales de los menores y el grado de lesividad que producen conductas sexuales relacionadas con los menores: así también, no se desconoce la realidad social, que llega a ser decidora para el legislador y para los operadores de justicia en sus respectivas áreas y facultades.
Por último, se esgrimen argumentos para cambios legislativos (lege ferenda), que por un lado, darían seguridad jurídica y adaptarían las normas criticadas, materialmente a las Constituciones de los países tomados en cuenta en ésta obra.